El nombre de Bad Bunny vuelve a ocupar titulares, esta vez lejos de los escenarios y más cerca de los tribunales. A comienzos de enero de 2026 se conoció la presentación de una demanda civil en Puerto Rico contra el artista y su sello, Rimas Entertainment, por la presunta utilización no autorizada de un audio de voz enviado originalmente a través de WhatsApp.
Según la acción judicial, una grabación de voz enviada como mensaje privado habría sido incorporada en canciones explotadas comercialmente sin que existiera consentimiento expreso, contrato de cesión, licencia de uso ni compensación económica. El audio, registrado de manera informal y fuera de cualquier entorno contractual, terminó según la demandante integrado a obras distribuidas globalmente, generando ingresos significativos y una exposición masiva imposible de prever al momento del envío.
En la industria creativa actual, la informalidad no es sinónimo de libertad. En 2026, usar audios, voces o frases «porque estaban ahi»ya no es espontaneidad creativa: es una ineficiencia jurídica. Todo lo que entra a una obra comercial necesita intención, contexto y autorización clara, porque los sistemas legales como los algoritmos funcionan por patrones, no por improvisación»
El caso resulta especialmente relevante porque no se limita al debate clásico del sampling. Aquí se cruzan derechos de autor, derechos conexos y, sobre todo, el derecho a la propia voz como manifestación directa de la identidad personal. La demanda sostiene que la utilización del audio vulnera derechos de personalidad y configura un supuesto de enriquecimiento injusto, al haberse explotado un elemento identificable sin base legal ni acuerdo previo.
La reclamación incluye una indemnización millonaria por daños patrimoniales y morales, así como la solicitud de cesar el uso del audio en cualquier formato futuro, incluyendo plataformas digitales, presentaciones en vivo, campañas promocionales y materiales derivados.
Más allá del desenlace judicial, el caso deja una advertencia clara para artistas, productores y sellos: en un ecosistema donde lo privado puede convertirse en contenido viral y monetizable en cuestión de horas, la frontera entre creatividad y responsabilidad legal es cada vez más delgada. Lanzar, usar o integrar contenido sin una lógica jurídica definida no comunica rebeldía ni frescura; comunica desorden.
Este litigio podría marcar un precedente importante para la industria musical contemporánea, recordando que incluso en la era de los mensajes de voz, la creación sin estructura no solo es un riesgo creativo, sino también y sobre todo un riesgo legal.
«La música puede nacer de la espontaneidad, pero cuando se convierte en negocio debe estar respaldada por reglas claras, acuerdos escritos y respeto por los derechos de terceros. Solo así se construyen proyectos sostenibles y responsables, haciendo siempre música al derecho»
